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martes, 31 de mayo de 2016

C  O  M  E  D  O  R

IMPORTANTE:
         Lo concerniente al Servicio de Comedor viene regulado por la Orden de 31/07/12, el artículo 23 de dicha ORDEN regula dos aspectos:

1)    Para la adquisición de la condición de usuario el alumnado admitido deberá estar al corriente del pago de todos los recibos
2)    El alumnado causará baja cuando se produzca el impago de dos recibos consecutivos  o cuando no se utilice el servicio de comedor durante cinco días consecutivos sin causa justificada,

         A fecha de hoy hay usuarios con recibos pendientes. Rogamos regularicen todos los pagos antes de presentar la solicitud para el curso próximo, ya que en al cumplimentar la solicitud en el sistema Séneca, si tiene mensualidades pendiente sale un mensaje de “no admitida” aunque cumpla todos los requisitos.



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