C O M
E D O R
IMPORTANTE:
Lo concerniente al Servicio de Comedor viene regulado por la Orden de 31/07/12, el artículo 23 de dicha ORDEN regula dos aspectos:
1) Para la adquisición de la
condición de usuario el alumnado
admitido deberá estar al corriente del pago de todos los recibos
2)
El alumnado causará baja cuando se produzca el impago de dos recibos
consecutivos o cuando no se utilice el servicio de comedor
durante cinco días consecutivos sin causa justificada,
A fecha de hoy hay usuarios con recibos pendientes. Rogamos
regularicen todos los pagos antes de presentar la solicitud para el curso próximo,
ya que en al cumplimentar
la solicitud en el sistema Séneca, si tiene mensualidades pendiente sale un
mensaje de “no admitida” aunque cumpla todos los
requisitos.
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